Un fallo que rompe con el binarismo en materia de familia
El Poder Judicial de Córdoba declaró la inconstitucionalidad del impedimento de tener más de dos vínculos filiales, receptado en el Código Civil y Comercial.
Una sentencia reconoció a una joven filiación materna y paterna, de sus progenitores biológicos, y la filiación socio-afectiva con la ex pareja de su madre, que ejerce desde que ella contaba con 8 meses de vida.
Intervino en un caso donde la Sala E de la Cámara Nacional en lo Civil había confirmado la decisión de primera instancia que había ordenado inscribir la triple filiación de un niño.